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Etiquetado relativo a los alergenos alimentarios.

Etiquetado relativo a los alergenos alimentarios.
Nuevas normas de etiquetado para alimentos, etiquetas más informativas.

Para las personas alérgicas a ciertos alimentos, como el trigo o los huevos, es fácil eliminarlos de la dieta cuando se presentan en su forma entera natural. Sin embargo, no es fácil estar seguro de que estos mismos alergenos no estén presentes en algunos alimentos preenvasados, como por ejemplo las salsas.
La producción alimentaria se ha convertido en un proceso muy complejo y sofisticado y los productos alimenticios procesados forman parte de nuestra vida diaria. Resulta difícil pensar en tener que renunciar a la comodidad que ofrecen, simplemente porque uno no sabe si el producto se ha cocinado con aceite de nuez o contiene alguna forma de gluten o crustáceos.
La mayor parte de la gente disfruta de alimentos variados sin tener problemas. Sin embargo, para un reducido porcentaje de la población, ciertos alimentos o componentes alimentarios pueden causar reacciones adversas, que van desde un ligero sarpullido a una respuesta alérgica grave. Con el fin de lograr una mejor protección de la salud de los consumidores y garantizar su derecho a la información, se ha modificado recientemente la normativa de la UE. Las etiquetas de los alimentos deben indicar claramente la presencia de los ingredientes clasificados como posibles alergenos.
A principios de este año, un grupo de trabajo de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (AESA) afirmó, defendiendo la nueva normativa, que existen numerosas pruebas que justifican la mención obligatoria de los alergenos alimentarios más comunes y sus derivados en las etiquetas de los alimentos.

Puntos esenciales de la nueva legislación

La nueva Directiva 2003/89/CE de la UE, por la que se modifica la Directiva 2000/13/CE en lo que respecta a la indicación de los ingredientes presentes en los productos alimenticios, exige que los fabricantes indiquen la presencia de doce grupos de posibles alergenos, si se emplean como ingredientes en alimentos preenvasados, como las bebidas alcohólicas, independientemente de la cantidad en que se utilicen.

¿Cuándo entran en vigor las nuevas normas?

La nueva Directiva 2003/89/CE entró en vigor el 25 de noviembre de 2003. Los Estados miembros dispusieron de un año (hasta el 25 de noviembre de 2004) para transferir las disposiciones de la Directiva a sus legislaciones nacionales.

Los fabricantes tienen un año más para garantizar que sus etiquetas cumplan plenamente las normas. Esto significa que a partir del 25 de noviembre de 2005 todos los productos comercializados deberán cumplir la nueva normativa. Sin embargo, se permitirá aún la venta de los productos que se hayan sacado al mercado o hayan sido etiquetados antes de dicha fecha, hasta que se agoten las existencias.

Referencias

Directiva 2003/89/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de noviembre de 2003: http://europa.eu.int/eur-lex/pri/es/oj/dat/2003/l_308/l_30820031125es00150018.pdf
2) Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de marzo de 2000 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios:
http://europa.eu.int/eurlex/pri/es/oj/
dat/2000/l_109/l_10920000506es00290042.pdf
http://www.efsa.eu.int/press_room/press_release/697_en.html

Fuente: www.eufic.org

ES-0206


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